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El Registro de una Obras
Aquí encontrarás todo lo relacionado al tema de los Derechos de Autor registra tus ideas y creaciones con nosotros y disfruta sin salir de casa o de la oficina del servicio técnico legal especializado que masmarcas.com te proporcionará durante su tiempo de registro, representándote y realizando todas las acciones legales encaminadas a obtener con éxito un resultado favorable por parte de la autoridad competente. Ostenta con orgullo la expresión “Derechos Reservados”, las siglas “D.R.” o el símbolo ©, en las obras de tu creación y legitima tus derechos a su uso exclusivo mediante su registro que masmarcas.com obtendrá para ti.
1.- ¿Qué son los Derechos de Autor?

El Derecho de Autor, es el reconocimiento que hace el Estado Mexicano, en favor de todo creador de Obras literarias y artísticas, en virtud del cual otorga su protección para que el Autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial, los primeros integran el Derecho Moral y los segundos el Derecho Patrimonial.

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2.- ¿Qué son los Derechos de Conexos?

Los Derechos Conexos son los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.

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3.- ¿Qué es el Derecho Patrimonial?

Corresponde al Autor el derecho de explotar de manera exclusiva sus OBRAS, o de autorizar a otros su explotación, en cualquier forma, dentro de los límites que establece la ley. Es titular del Derecho Patrimonial el Autor, heredero o el adquiriente por cualquier título. El titular de los Derechos Patrimoniales podrá autorizar o prohibir la reproducción, publicación, edición o fijación material de una obra en copias o ejemplares.


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4.- ¿Qué es el Derecho Moral?

El Derecho Moral se considera unido al autor y es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable. Corresponde el ejercicio del Derecho Moral, al propio creador de la obra y a sus herederos.

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5.- ¿Quién puede ser Autor de una Obra?

Las personas (únicamente personas físicas) que hacen una creación original susceptibles a que sean divulgadas, no divulgadas (inéditas) ó publicadas.

Existen diversas clases de autor que pueden ser:

Autor conocido: El cual contiene la mención del nombre, signo o firma con que se identifica su autor.

Autor anónimo: No se menciona el nombre, signo o firma que identifica al autor, bien por voluntad del mismo, bien por no ser posible tal identificación.

Autor seudónimo: Son las divulgadas con un nombre, signo o firma que no revele la identidad del autor.

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6.- ¿Qué Obras se pueden Registrar?

Literaria.
Musical, con o sin letra.
Dramática.
Danza.
Pictórica o de dibujo.
Escultórica y de carácter plástico.
Caricatura e historieta.
Arquitectónica.
Cinematográfica y demás obras audiovisuales.
Programas de radio y televisión.
Programas de Computo.
Fotográfica.
OBRAS de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil y,
De compilación, integrada por las colecciones de OBRAS, tales como las enciclopedias, las antologías, de OBRAS u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

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7.- ¿Qué tipos de colaboración Existen?

Según los creadores que intervienen:

Individuales: Las que han sido creadas por una sola persona.

De colaboración:
Las que hayan sido creadas por varios autores.

Colectivas:
Las creadas por la iniciativa de un persona física o moral que las publica y divulga bajo su dirección y su nombre y en las cuales la contribución personal de los diversos autores que han participado en su elaboración se funde en el conjunto con vistas al cual ha sido concebida, sin que sea posible atribuir a cada uno de ellos un derecho distinto e indiviso sobre el conjunto realizado.

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8.- ¿Vigencia de los Derechos de Autor?
Al registrar tu Obra con nosotros tendrás suficiente tiempo para explotar tus derechos ya que la vigencia de los Derechos Patrimoniales estará vigente durante la vida del autor y, a partir de su muerte, setenta y cinco años más.

Cuando la Obra pertenezca a varios coautores los setenta y cinco años se contaran a partir de la muerte del último.


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9.- ¿Procedimientos en un Registro de Obra?
Tratándose del registro de una obra y una vez que hayamos recibido la información solicitada, nos pondremos en contacto contigo y te daremos instrucciones para que realices el pago y nos envíes dos ejemplares originales de la obra que pretendes registrar, junto con la carta poder que te proporcionaremos.

El costo por este servicio es por la cantidad de $1,100.00 pesos MXN (Un mil cien pesos 00/100 m.n) por cada obra.

Concluido lo anterior y transcurridos veinticinco días se expedirá en tu favor el correspondiente certificado de registro de obra, el cual te será enviado a la dirección que nos indiques.


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